Revestimiento de pisos y paredes: la importancia de las especificaciones técnicas en el empaque y la ficha técnica

Revestimiento de pisos y paredes y/o revestimiento cerámico, sus especificaciones generales y ficha técnica, revelan información de la calidad, ayuda en la elección y el colocado de las piezas cerámicas.

Bolivia tiene diversos climas en sus nueve departamentos, por lo tanto, la industria de las cerámicas debe satisfacer los variados requerimientos para cada zona.

Sudamérica de igual manera está caracterizada por tener climas diversos, muchos templados y otros extremadamente fríos o calientes.

Dentro de todo este contexto aclarar que depende también de la materia prima que se usa para la fabricación de revestimiento de pisos y paredes.

La arcilla extraída de los variados suelos de nuestro país y la cocción a altas temperaturas, garantizan la calidad de los revestimientos cerámicos.

Sobre las características técnicas habíamos aclarado que se basan en normas nacionales e internacionales que Cerámica COBOCE toma en cuenta a cabalidad.

La información proporcionada en el empaque y la información de una ficha técnica, muestran diferentes especificaciones.

Características generales en el empaquetado de la cerámica

Cada producto de revestimiento de pisos y paredes, tiene sus especificaciones, en la cubierta o empaquetado.

En la previa lectura de los datos se entiende si es para pisos o paredes. Es posible que una persona que quiera comprar no entienda toda la información.

Para un profesional en el rubro de la construcción, o un especialista que se dedica al colocado de cerámicas, la información proporcionada le revelará muchos detalles.

Mencionaremos las especificaciones que generalmente están en las cajas o empaques. Contiene:

Producto

Indica el nombre que tiene o el el que se le ha otorgado y por el cual será reconocido.

Fabricación

País u origen, en el que se ha producido.

Tipología

Tipo de producto que se ofrece. La categoría de cerámicas en que se encuentra y comparte atributos físicos, la pasta, color de decoración, tipo de vidriado.

Acabado superficial

Mate, sin brillo, esmaltado, texturizado todo lo referente a la apreciación visual y al tacto.

Acabado lateral

Si ese producto está rectificado o no. Rectificada es aquella que ofrece una superficie casi continua, en la cual las juntas apenas se distinguen. En las no- rectificadas las juntas son visiblemente notorias.

Este punto es importante para los especialistas en el colocado del revestimiento de pisos y paredes.

Tamaño nominal

Está expresada en centímetros y hace referencia también al largo y ancho. Varía de acuerdo al tamaño y forma.

Piezas/caja

Indica el número de piezas que contiene cada caja o empaque.

Metros cuadrados/ caja

Cuántos metros cuadrados abarca el número de piezas que contiene ese empaque.

Peso/caja

El peso, expresado en kilos, indica el peso total por caja.

Metros cuadrados/pallet

Es un dato que se usa para exportaciones. Cada pallet varía de número de cajas y peso, de acuerdo al tipo y formato y tamaño de la cerámica.

Peso (Kg) /pallet

El peso total del pallet expresada en kilogramos.

Indicaciones de lugar de uso

Este dato hace referencia, para el espacio que es adecuado el revestimiento. Va de acuerdo al tráfico y el PEI.

Aquí especifica si es para tráfico bajo, medio o alto y además del PEI si es I, II, II, III sucesivamente.

Cada revestimiento cerámico tiene diferentes especificaciones, no hay datos similares o estandarizados que se proporcionan, varían de acuerdo a cada pieza cerámica.

Contenido de una ficha técnica

La información de la ficha técnica de un revestimiento de pisos y paredes, derivan principalmente de todas las regulaciones que pide la ISO.

Cada pieza cerámica está regulada dentro de estas normativas internacionales. Y cada tipología de cerámicas tiene una ficha muy diferente.

Absorción del agua ISO 10545-3

Determina la absorción de agua, la porosidad abierta, la densidad relativa aparente y de la densidad aparente.

Mientras más porosa sea la pieza cerámica, absorbe más el agua, por eso están clasificadas.

Resistencia a la abrasión ISO 10545-7

O resistencia a la pérdida de aspecto cuando la cerámica se expone a tránsito peatonal de cualquier tipo.

En muchos casos también a la fricción de materiales como metal, piedra que puedan afectar al esmaltado o cara exterior del revestimiento cerámico.

Módulo de rotura ISO 10545-4

Determina la resistencia a la flexión y de la fuerza de rotura para todas las piezas cerámicas.

En este caso con la ayuda de un equipo, que determina la fuerza con la que se hará la rotura.

Resistencia al Ataque Químico ISO 10545-13

Los materiales que componen una pieza cerámica de cualquier tipología, deben ser resistentes a cierto tipo de agentes químicos.

Resistencia a las manchas ISO 10545-14

Las piezas cerámicas se someten a manchas con diversas soluciones durante y agentes de limpieza para observar los cambios de aspecto.

Resistencia al congelamiento ISO 10545-12

se realiza a través de un método para determinar la resistencia a la helada de todos los productos.

Las normas ISO (International Organization for Standardization) son un conjunto de estándares con reconocimiento internacional, cuyo objetivo es ayudar a las empresas a producir con calidad.

De esta manera las empresas establecen unos niveles de homogeneidad en relación con la gestión, prestación de servicios y desarrollo de productos en la industria.

Existen muchas otras normas que regulan tanto el proceso de producción como también el producto en sí. Cerámica COBOCE está siempre avanzando junto a ellas.

Las características en conjunto determinan la calidad, el uso adecuado de cada pieza cerámica y sobre todo el espacio en el que se utilizará el revestimiento cerámico.

Los pasos que Cerámica COBOCE ha dado hasta ahora son firmes y seguros, creando confianza en toda la población boliviana y países latinoamericanos.

La calidad reconocida por varios países de Sudamérica logró el cierre de negocios. Somos parte de las estadísticas que suman y levantan al país.

Cerámica COBOCE, durante estos 34 años de vida ha trabajado arduamente para seguir manteniendo la confianza de todas las familias bolivianas.

Sigamos trabajando y construyendo con calidad, coméntanos todas tus experiencias a lo largo de tu carrera y los cambios que pudiste experimentar en tu profesión.

 

Legalización de propiedades: el primer obstáculo para el inicio de una construcción

Legalización de propiedades: ¿Cuál es el primer obstáculo para el inicio de una construcción? Todas las respuestas que deseas saber como profesional del área o propietario.

El ideal de cada persona adulta, es tener una casa propia. El primer paso para adquirirla y verificar que los papeles del terreno o vivienda estén regularizados.

Al adquirir un terreno o una casa ya construida, es necesario asesorarse. Cualquier construcción nueva o remodelación requiere trámites específicos, que de no hacerlo obstaculizan el objetivo.

Los profesionales de la industria de la construcción en general tienen como pregunta indispensable: ¿Los documentos del terreno o construcción, están en regularizados?

Es de vital importancia que lo estén porque dependiendo de la respuesta pueden estimarse el inicio y culminación de la obra. Esto debido a que cada trámite varía en el tiempo de duración y muchas veces influye el municipio en el que se encuentra el terreno o construcción.

Legalización de propiedades: Requisitos generales para iniciar una construcción

Como hemos mencionado anteriormente puede que los requisitos no sean similares entre un municipio y otro, pero entre los principales según el Abogado Ivan Guzman están:

  • Título de propiedad.
  • Folio Real actualizado
  • Resolución RTMA
  • Plano anterior legalizado
  • Plano actual Aprobado
  • Proyecto de construcción  por aprobar (Arquitecto)
  • Últimas 5 papeletas de impuestos pagados, legalizadas
  • Catastro
  • Fotocopia de Propietario
  • Memorial

Importante todos estos documentos en un folder amarillo entregados con el plano de vivienda e ingresa por ventanilla única.

Sin embargo, es cierto que realizar estos trámites pueden ser tedioso, por suerte tenemos expertos que se encargan de ese tipo de tareas.

El abogado Boris Tellería  menciona que cada persona que tramite tiene diferentes características a resolver y pueden ser simples de solucionarse o no.

En los últimos 3 años la afluencia de la regularización de documento de los inmuebles se incrementó, nos relata Tellería.

Legalización de propiedades: La ley 247

Tiene por objeto la regularización del derecho propietario de personas naturales que se encuentren en posesión continua, pública, pacífica y de buena fe, de un bien inmueble destinado a vivienda, ubicada dentro del radio urbano o área urbana.

La presente ley ha sido socializada y revisada por registradores y sub registradores de derechos reales del país. Se llevó a cabo en  el taller de socialización del anteproyecto de “ley del registro público de derechos reales” y “formulación del plan de acción para fortalecer el registro público de derechos reales”, el 31 de enero al 2 de febrero de 2019.

Así lo afirma la Dirección Nacional de Derechos Reales en la ciudad de Sucre-Bolivia el año 2019.

¿Qué es la regularización del derecho propietario?

La regularización del derecho propietario comprende los trámites judiciales y/o administrativos, para registro y/o corrección del derecho propietario, ante: autoridad judicial competente, oficinas de Derechos Reales y Gobiernos Autónomos Municipales.”

Corrección de datos de identidad (ley 247)

De acuerdo a Derechos reales de Cercado y entrando más en detalle para el Registro de propiedad, Regularización de Derecho propietario y en el orden del proceso de tramitación es el siguiente:

1.Folio real en original.

2.Efectuar el registro en PROREVI página WEB: www.prorevi.gob.bo

3.Certificado del SEGIP original y Resolución Administrativa en caso de Adición de Alfa Numérico o duplicidad de C.I. original.

4.Testimonio de Escritura Pública de Rectificación de Datos Personales de identidad en cumplimiento de la Ley 247, que incluya a todos los propietarios.

5.Cédula de Identidad de todos los que intervienen en el Testimonio de corrección de datos de identidad.

6.En caso de que la propiedad está gravada se requiere la autorización del acreedor.

7.Todos estos documentos en original y dos fotocopias.

Nota: En caso de corrección de datos de un fallecido adjuntar FOTOCOPIA LEGALIZADA de la declaratoria de herederos. Todo trámite es personal o con Poder acreditando Interés legal.

PLAZO DE ENTREGA: 3 DÍAS HÁBILES.

Muchas veces el futuro propietario tiene que ver la factibilidad del trámite por el cual va a proceder y el asesoramiento de un Abogado es importante en la Legalización de propiedades.

Entre las vías más solicitadas de acuerdo a la descripción del Abogado Boris Tellería son: Herencia y Compra/venta, mediante la ley 247, y el Usucapión.

 

Aceptación de herencia

1.Testimonio Judicial y/o Escritura Pública de Declaratoria de Herederos o Aceptación de Herencia.

2.Impuesto Anual última gestión.

3.Impuesto a la transmisión gratuita (Form. 430 a partir de julio de 2016 debe presentar el Form. de la Gobernación que corresponda).

4.Cédula de Identidad del (los) Heredero(s).

5.Folio Real actualizado, sobre el cual se Declaran Herederos o Aceptan la Herencia.

6.Todos estos documentos en original y dos fotocopias.

Nota: Todo trámite es personal o con Poder acreditando Interés legal.

PLAZO DE ENTREGA: 3 DÍAS HÁBILES.

 

Compra / Venta

1.Escritura Pública de Compra venta

2.Impuesto Anual última gestión

3.Impuesto de la Transferencia

4.Plano Aprobado por el G.A.M. que corresponda y/o Certificado Catastral a nombre del comprador o vendedor (actualizado)

5.Cédula de Identidad del (los) vendedores y compradores. (En caso de Personas Jurídicas el NIT correspondiente).

6.Todos los documentos en original y 2 fotocopias

Nota: Todo trámite es personal o con Poder acreditando Interés legal.

PLAZO DE ENTREGA: 3 DÍAS HÁBILES

 

Regularización de Derecho propietario Mediante ley 247

1.Provisión Ejecutoria protocolizada ante Notario de Fe Pública.

2.Cédula de Identidad del beneficiario del Inmueble.

3. Plano aprobado por el G.A.M.

4.Impuesto anual.

5.Impuesto a las Transacciones (IT 3%).

6.Todos estos documentos en original y dos fotocopias.

Nota: este trámite podrá ser realizado por el Asesor Legal y/o funcionario acreditado de la Entidad Territorial Autónoma correspondiente, sin necesidad de adjuntar Poder notarial.

PLAZO DE ENTREGA: 5 DÍAS HÁBILES

 

Inscripción por Usucapión

1.Escritura Pública de Usucapión (un original) o Testimonio Judicial (dos originales).

2.Impuesto Anual de la última gestión.

3.Impuesto a la transmisión gratuita (Form. 430 y a partir de julio de 2016 debe presentar el Form. de la Gobernación que corresponda)

4.Plano refrendado por el Juzgado y/o plano aprobado por el G.A.M. y/o Certificado Catastral en los distritos que tengan el servicio de Catastro.

5.Cédula de Identidad del (los) Usucapistas.

6.Dos fotocopias de todos estos documentos.

Nota: Todo trámite es personal o con Poder acreditando Interés Legal.

PLAZO DE ENTREGA: 8 DÍAS HÁBILES

 

Detrás de una construcción, una vivienda, el objetivo de una familia, empresa o negocio; esta un proceso previo de regularización.

El no realizar los trámites correspondientes por la vía legal, en muchos casos ha llevado a paralizar la obra.

Para evitar este tipo de contratiempos se debe realizar la Regularización de los Documentos de la vivienda o terreno en que se quiere construir.

En estos casos el profesional de la construcción, en colaboración de un Abogado, trabaja de manera conjunta con los propietarios para la Legalización de propiedades.

Estamos pendientes de tus aportes y criterios.

 

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4 Condiciones básicas de la Construcción en Bolivia

4 condiciones básicas de construcción en Bolivia. Si bien cada municipio tiene sus propias normativas, existen condiciones básicas dentro de las Disposiciones Generales.

La Guía boliviana de Construcción de Edificaciones, es un instrumento para que los diferentes municipios del país puedan elaborar sus propias normativas para el rubro de la construcción.

Al mencionar todo tipo de edificaciones, nos referimos a construcciones nuevas, ampliación, modificación, reparación o rehabilitación, demolición, que alteren parcial o totalmente la configuración arquitectónica.

Edificaciones que produzcan una variación esencial en el conjunto del sistema estructural, o tengan por objetivo cambiar los usos característicos de la edificación.

Así también a las obras que tengan carácter de intervención total o parcial en edificaciones catalogadas de patrimonio histórico o que dispongan de algún tipo de protección de carácter ambiental, cultural o artístico.

Los diferentes municipios del país pueden usar parte de esta guía o en su totalidad, esto dependerá de las características geofísicas que presente cada municipio.

4 Condiciones Básicas de construcción

 1 Condiciones básicas

Seguridad estructural, de tal forma que no se produzcan daños en la edificación, ya sean de origen o afecten al sistema de fundaciones (cimentaciones). Que no afecte además las columnas, los muros portantes, las vigas y otros elementos estructurales. Que no se comprometa directamente la resistencia mecánica, durabilidad y la estabilidad de la edificación.

Seguridad en caso de siniestros, de manera que las personas puedan evacuar de las edificaciones en condiciones seguras y además cuenten con un sistema de prevención, protección contra incendios y permitan la actuación de las unidades de bomberos.

Seguridad ante agentes externos, fallas de funcionamiento, uso, materiales inapropiados, manipulación o accidentes y riesgos a causa de fallas en las instalaciones.

Seguridad de las personas que participen en el proceso de la construcción de la edificación, condiciones de seguridad que exijan las disposiciones legales vigentes para garantizar su integridad física.

La funcionalidad como espacio vital, para ocupación y circulación suficiente (superficie y altura mínimas establecidas en normativa específica, sobre bases antropométricas y ergonométricas).

Uso, de modo que las dimensiones y disposición de los espacios, así como la dotación de las instalaciones y equipamiento, posibiliten la adecuada realización de las funciones para las que fue proyectada la edificación.

Accesibilidad, de manera que permitan el apropiado acceso y circulación a las personas con discapacidad, evitando barreras arquitectónicas y urbanas.

El diseño debe establecer condiciones de habitabilidad, salubridad e higiene, con espacios de uso exclusivo de manera que aseguren la salud, integridad y comodidad de las personas. Se toma en cuenta condiciones de ubicación, iluminación natural y artificial, fenestración solar, ventilación interior. También ver la disponibilidad de servicios básicos, como agua potable, alcantarillado sanitario, energía eléctrica, gas domiciliario, instalaciones de climatización (aire acondicionado y calefacción) y comunicación.

Protección térmica y acústica, de manera que la temperatura interior y el ruido que se perciba, no atente contra la comodidad y la salud de las personas.

Adecuación al entorno, protección e integración al medio ambiente, respetando las características de la zona dando cumplimiento a las leyes, normativas y reglamentos vigentes.

2 Calidad de vida

Se debe lograr un hábitat urbano sostenible, que otorgue a sus habitantes espacios que permitan desarrollarse integralmente en el plano físico como espiritual. Garantizar la ocupación eficiente y sostenible del territorio con el fin de mejorar su valor en beneficio de la comunidad.

El suelo para ser usado en actividades urbanas debe habilitarse con vías de circulación, espacios públicos, equipamientos y contar con los servicios básicos, que garanticen el uso óptimo de las edificaciones.

3 Preeminencia del interés general al interés personal

En la ejecución de cualquier edificación urbana, los responsables de su ejecución deben considerar el interés colectivo sobre el interés personal. De esta forma lograr un desarrollo urbano ecológico – ambiental, dinámico y armónico.

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4 Desarrollo y Vigilancia

Corresponde a los Gobiernos Autónomos Municipales, en el marco de sus competencias, desarrollar y vigilar el cumplimiento de su normativa. La misma puede modificar total o parcialmente los lineamientos propuestos en la presente Guía. Esto irá de acuerdo al tamaño de su municipio y a la organización interna del GAM. De esta manera, se hará frente a las diferentes responsabilidades de seguimiento y vigilancia, tales como:

Fijar los requisitos técnicos que deben cumplir las construcciones e instalaciones en predios y vías públicas para satisfacer las condiciones de habitabilidad, seguridad, higiene, comodidad y estética;

Fijar las restricciones para las edificaciones y los elementos tales como fuentes, esculturas, arcos, columnas, monumentos y similares localizados en zonas de patrimonio histórico, artístico y cultural. Todo ello de acuerdo con las disposiciones legales sobre monumentos, zonas arqueológicas, artísticas e históricas;

Establecer  los fines para los que se autoriza el uso de suelos de acuerdo con las disposiciones legales aplicables, y determinar el tipo de construcciones que se puedan levantar en ellos;

Otorgar o negar licencias y permisos para la ejecución de obras nuevas y el uso de los predios. Así también obras para instalaciones nuevas o especiales, obras de modificación, ampliación o reparación en edificaciones y trabajos de demolición;

Llevar un registro clasificado de todas las obras aprobadas y/o autorizadas de los proyectistas, Contratistas, directores de obra, fiscales, supervisores y otros actores vinculados a la construcción;

Realizar inspecciones periódicas a todas las obras que estén en ejecución, definidas por su capacidad operativa y la magnitud de la obra;

Practicar inspecciones para verificar que el uso que se haga de un predio, estructura, instalación, edificio o construcción, se ajuste a las características originalmente aprobadas;

Hacer cumplir las medidas preventivas y/o correctivas que fueren procedentes en relación a las edificaciones;

Autorizar o negar la ocupación y el uso de una edificación, instalación o predio, en función de la normativa vigente;

Realizar estudios para establecer, actualizar y/o modificar las limitaciones respecto a los usos, destinos y reservas de áreas de tierras, áreas verdes, áreas de cultivo y aguas;

Ordenar la suspensión temporal y/o paralización de obras en ejecución y la desocupación en los casos previstos por incumplimiento de la normativa vigente;

Ordenar y ejecutar demoliciones, parciales o totales de edificaciones en casos de incumplimiento de la normativa vigente;

Imponer las sanciones que correspondan en aquellos casos de incumpliendo de la normativa vigente.

Como mencionamos antes, las normativas están siempre en constantes modificaciones, derogaciones o abrogaciones de acuerdo al G.A. M. (Gobierno Autónomo Municipal).

En Cochabamba, el Colegio de Arquitectos tuvo una reciente reunión con el GAMC, para remitir su propuesta y aporte al Decreto Municipal 091/2017; 299/2022 y la ley 247 (Regularización derecho propietario).

El acercamiento de ambas instituciones, con el fin de tener una comunicación directa en una mesa de trabajo y tener un mejor desempeño.

En muchos municipios de nuestro país, las normativas son trabajadas por equipos en los que profesionales dentro del rubro de la construcción están presentes.

Esperamos tus aportes y sugerencias, porque eres fundamental en el crecimiento del país y tu opinión nos importa.

 

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